Acuerdos en las Revolving

Publicado: 04 de mayo de 2020, 10:44
  1. Tarjetas Revolving
Acuerdos en las Revolving

A medida que la crisis sanitaria provocada por el coronavirus se estabiliza, toca empezar a pensar y a evaluar el impacto que tendrá la pandemia en la economía.

Los principales afectados serán de nuevo las familias y las pequeñas y medianas empresas, si bien es cierto que se prevé que esta crisis no dejará “títere con cabeza” y también la sufrirán grandes empresas y multinacionales así como las principales entidades bancarias, ya temiendo estas últimas el impacto que la pandemia podría causar en sus cuentas a final de año. El potencial impacto de esta crisis en el segmento del crédito al consumo podría oscilar entre los 1.800 y los 6.000 millones de euros. De acuerdo con estos datos, las entidades sufrirían una importante caída en sus beneficios

A esta situación tan excepcional le hay que añadir la preocupación que en estas entidades provoca la reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre las tarjetas revolving, sobre la que ya se ha hablado en este muro en otras ocasiones. Entidades como Caixabank, prevén una litigiosidad significativa en esta materia y por ello un gran número de entidades bancarias están comenzando a bajar los tipos de interés, así como tratando de llegar a acuerdos con los clientes.

Para curarse en salud y “evitar la litigiosidad” la mayor parte de las entidades especializadas en el crédito revolving han decidido bajar el tipo de interés de sus tarjetas, diseñando una estrategia para confundir a los clientes y evitar así tener que devolver el dinero que se ha cobrado de más. Pero la sentencia del Tribunal Supremo es clara, ya que especifica que el dato a tener en cuenta para declarar si un interés es usurario o no será el tipo de interés publicado por el Banco de España en la fecha en la que se firmó el contrato. Si se considera que el tipo de interés es usuario se declara nulo el contrato y el banco deberá devolver todo el dinero pagado de más por el cliente.

Sin embargo la principal medida que están llevando a cabo los bancos para no sufrir tantas pérdidas, es la de tratar de llegar a acuerdos con los clientes afectados por estos productos y eludir las reclamaciones.

Desde dP Abogados podemos afirmar que muchos de nuestros clientes están recibiendo correos de los bancos por tarjetas revolving o microcréditos en los que les ofrecen acuerdos. Mensajes en los que las entidades se ofrecen a ayudarles “a pagar la deuda” habiendo casos incluso, donde les ofrecen una devolución de cantidades a través de un recálculo de los intereses con una TAE más reducida.

En la mayoría de los casos estas propuestas para negociar deuda son totalmente perjudiciales para los intereses del afectado, ya que suelen consistir en una quita o reducción del interés a pagar y que, de aceptarse, llevarían al afectado a renunciar a recuperar cantidades muy significativas. Los clientes nos preguntan qué deben hacer ante esta situación, es muy importante que el consumidor sea asesorado por un abogado especializado que supervise el acuerdo, que debe ir por escrito y acompañado de toda la información contractual del crédito. De otro modo sería valorar a ciegas una propuesta sin fondo.

 

Yago Iglesias

dP Abogados Consultores

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