El banco online WiZink deberá devolver 17.102 euros a un afectado por una “tarjeta revolving” adquirida en 2005, por considerar que las comisiones eran "abusivas".
El afectado, un madrileño residente en Getafe (Madrid), indica que "en aquella época vivía con mi antigua pareja, nos habíamos comprado una casa”. Pero para poder entrar a vivir al que sería su nuevo hogar, necesitaban ciertos retoques, "gastos de pinturas y reparación para los que necesitábamos financiación". Por ello, decidió contratar una tarjeta revolving Citi Twin de WiZink, con la esperanza de poder hacer frente a todos los gastos. No obstante, lejos de solucionar el problema, se aumentó. "En un principio no me di cuenta porque lo iba pagando sin demasiados problemas, pero al final fue creciendo la deuda y vi que no me cuadraba lo que pagaba mensualmente con las cuotas: los intereses eran bastante altos", declara el afectado.
Había conseguido devolverle a la entidad 27.268 euros, pero WiZink le seguía pidiendo otros 10.165. Cansado de ver cómo la deuda seguía aumentando con el tiempo, decidió tomar cartas en el asunto y contactar con especialistas.
Finalmente, 15 años después de haber solicitado la tarjeta, vuelve a respirar tranquilo. Los magistrados del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 7 de Getafe declararon "nulos los intereses remuneratorios aplicados al contrato de tarjeta de crédito Citibank suscrito en 2005, así como abusivas las comisiones que en su caso se hubieran aplicado", según dicta la sentencia. Así, condenaban a la entidad bancaria a devolver al afectado la cantidad de 17.102 euros, así como a cancelar su deuda de 27,268 euros por usura.
La razón por la que se condenó a WiZink en julio de 2020 fue que superaba la TAE usuraria permitida por la Ley de Represión de la Usura, que establece en su primer artículo que “será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales".
Pero, ¿qué es considerado como "un tipo de interés normal"? Pues bien, según dP Abogados y en referencia al Boletín Estadístico del Banco de España, los tipos de interés en créditos revolving rondan el 20%, muy superior a los demás tipos de crédito.
No es la primera vez que alguien se encuentra en esta situación. Lo cierto es que desde dP Abogados nos informan que este tipo de créditos han tenido que ser revisados en múltiples ocasiones por los tribunales, que en la mayoría de los casos consideraron desproporcionadas las comisiones cobradas.
"Entidades como Wizink, Bankinter, Sabadell, Caixabank o Santander Consumer, por citar algunos ejemplos, comercializan este tipo de productos financieros que, a la larga, pueden acarrear graves consecuencias", explica Xaime da Pena, desde dP Abogados. "Llevamos años trabajando para que los afectados por las tarjetas revolving vean el fin de una carga que se acaba convirtiendo en una auténtica pesadilla, y alertando de la realidad de este tipo de financiación para poner fin a esta estafa", insiste.
Concretamente, las tarjetas revolving son como tarjetas de crédito, pero con la diferencia de que no es necesario pagar las compras a final de mes, sino que se pueden organizar los plazos en los que se quiere saldar una deuda. ¿El precio? Unos intereses muy por encima de la media del mercado. Por ello, los que se consideren afectados por este tipo de créditos al consumo, están protegidos por ley y pueden reclamar su dinero si las comisiones superan el 20%.
dP Abogados es un bufete de abogados especializados en la defensa de los afectados por tarjetas revolving, IRPH, microcréditos o cláusulas suelo.