Reclamar comisiones de mantenimiento

Las entidades bancarias se han reinventado debido a las nuevas disposiciones del Banco de España respecto a los tipos de intereses bajos. Esto las ha llevado a buscar su rentabilidad en el pago de las comisiones, a veces cobradas al cliente de forma injusta. Debido a esta situación, en este artículo te contamos cómo puedes reclamar las comisiones por mantenimiento de cuenta, así como las nuevas cláusulas del sistema bancario.

¿Cuáles son las nuevas condiciones bancarias?

El sistema bancario se actualiza día a día en base a las necesidades del mercado y con los términos del Banco de España. Dichas actualizaciones no deben ser una sorpresa, ya que los bancos tienen la libertad de cobrar por sus servicios la cantidad que deseen, siempre y cuando esté respaldado bajo una norma y sea comunicado previamente a sus clientes.

Actualmente, las nuevas condiciones bancarias están relacionadas con el cobro de las cuotas de mantenimiento y los intereses, que dan al banco mayores ingresos y, a su vez, mayor rentabilidad.

¿Cómo reclamar la devolución de comisiones?

Los tipos de comisiones más habituales son:

  • Por mantenimiento de la cuenta
  • Por administración de la cuenta
  • Por renovación o activación de la tarjeta de crédito o débito
  • Por operaciones de oficina
  • Por descubierto de la cuenta

Las comisiones suelen ser un conflicto constante entre clientela y banco, y es que algunas comisiones son cobradas de manera ilegal, por lo que los clientes tienen todo el derecho a protestar. El proceso a seguir para reclamar es:

Confirmar que el cobro de la comisión es injusta

Para que un banco pueda cobrar un determinado porcentaje de comisión, es necesario que esté especificado en el contrato. Los cambios posteriores deben notificarse al cliente a través de un documento oficial, como mínimo 2 o 3 meses antes de iniciar el cobro.

Si este punto no se cumple, se trata de una comisión cobrada de forma ilegal, es decir, sin el consentimiento del cliente.

Reclamar comisiones mantenimiento cuenta a tu banco

Debes reclamar a tu propia entidad bancaria, a través de un documento dirigido al servicio al cliente o a la oficina del defensor financiero. No es recomendable hacerlo vía telefónica: recuerda que debe haber evidencia escrita de tu reclamación. (En dP abogados ya nos encargaríamos de esta gestión sin ningún coste)

Si la respuesta o solución propuesta no se cumple en un lapso de 15 a 60 días, debes acudir al Banco de España o acudir a la vía judicial (que es la más práctica)

Reclamar ante el Banco de España

Es importante que sepas que este paso no es muy rápido, pues la respuesta puede tardar de 3 a 6 meses. La reclamación ante el Banco de España puedes realizarla de 3 maneras distintas:

  1. Acudiendo a las oficinas del Banco de España.
  2. Descargando un formulario y subiéndolo a través de la web.
  3. De manera electrónica.

La vía judicial

Nos encargaríamos de todo asegurándote la viabilidad del procedimiento no cobrando nada de inicio por la gestión, solo cobramos si el cliente cobra.

dP Abogados Consultores

Despacho de especialistas en legislación y asesoramiento situado en A Coruña, que cuenta con más de 40 años de experiencia en el sector.

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